El Derecho tradicional de Corea, en gran parte consuetudinario, surgió como una ramificación del Derecho chino, el cual estaba influenciado por los principios de la filosofía de Confucio que aúna las directrices que todo gobernante justo debe seguir para el buen gobierno de su pueblo con un código ético y un estilo de vida estoico.
El Derecho chino fue en parte codificado, al menos en lo que hace al Derecho Penal y Administrativo, en el siglo VII d.C. a través del llamado Código Tang que, como subraya la Profesora Seong-Hak-Kim[1], no distó mucho en el tiempo de la Compilación de Derecho Romano del emperador Justiniano que fue elaborada en Constantinopla en el siglo VI d.C. En el siglo XIV se redactó en China un nuevo código: el llamado Código Ming, fundamentalmente integrado por Derecho Penal, Administrativo y Fiscal que, junto con el anterior, constituyeron una especie de ius commune en países como China, Vietnam o Corea[2]. Concretamente, el Código Ming[3] estuvo vigente, al menos con carácter supletorio, en este último país durante la dinastía Chosŏn (1392-1897), la cual elaboró su propio Código de Leyes coreano (Gyeongguk Daejeon), de ámbito administrativo y penal, que estuvo vigente desde 1485 hasta el fin de la dinastía[4].
Como pone de relieve el Profesor Byoung Jo Choe el Derecho en China y Corea se basaba en una sociedad fuertemente jerarquizada en cuyo vértice se encontraba el rey como monarca absoluto. La Administración del reino hacía frente a las necesidades del país, pero la vida cotidiana de los particulares, controlada por las autoridades del Estado, quedaba en un segundo plano y estaba básicamente regulada por un derecho consuetudinario[5]. En este ámbito autocrático y cerrado vivió Corea durante siglos hasta el punto de que en el siglo XIX dicho país fue conocido en Occidente como “el reino ermitaño”.
Sin embargo, el curso de la historia empezó a cambiar en la segunda mitad del siglo XIX cuando Estados Unidos dirigió una fallida expedición militar en Corea en el año 1871 con la finalidad de forzar a que dicho reino se abriera al libre comercio con Occidente[6] y, posteriormente, la dinastía Chosŏn se vio tristemente envuelta en la guerra chino-japonesa (1894-1895), que tuvo lugar como consecuencia de la violación, por parte de China, de la Convención de Tianjin de 1885[7].
La guerra ruso-japonesa (1904-1905) agravó aún más la posición de Corea ya que este reino optó por alinearse con Rusia que amenazaba en aquel tiempo a Japón. La victoria japonesa sobre Rusia dio lugar al Tratado de Portsmouth (septiembre de 1905), firmado en dicha ciudad norteamericana por mediación del presidente Theodore Roosevelt, por el cual Rusia reconoció la hegemonía japonesa sobre la península coreana, y en noviembre de ese mismo año se firmó el Tratado Japón-Corea de 1905 por el que Corea se convirtió en un Protectorado de Japón. En 1910 se produjo la anexión de Corea por Japón, dando lugar al llamado “periodo colonial japonés” que estuvo vigente hasta el final de la II Guerra Mundial en 1945. La potencia colonial estableció una Administración Pública y una Organización Judicial en las que los altos funcionarios y los magistrados y jueces eran ciudadanos japoneses.
En el campo del Derecho tuvo lugar el fenómeno conocido como “paradoja coreana” ya que el Derecho japonés se implantó en Corea en interés de la potencia colonizadora, pero, al mismo tiempo, se puede afirmar con Seong-Hak-Kim[8], que es entonces cuando se estableció en Corea por primera vez un sistema jurídico moderno. En este sentido, destaca Byoung Jo Choe que hasta entonces no había existido en Corea una distinción entre el ámbito del Derecho Público y del Derecho Privado[9], y añade Seong-Hak-Kim que “ many basic rules and practices that could have developed into private law were simply expressed in penal terms. It was with the introduction of Western legislation under Japanese influence that abstract legal principles and concepts developed in Korea”[10].
Por otro lado, vemos que con anterioridad a la completa anexión de Corea por Japón, en los años del protectorado japonés sobre dicho país (1905-1910), las autoridades japonesas tuvieron en mente la elaboración de un Código Civil coreano tomando como modelo el Código Civil japonés de 1898, de tradición pandectística[11], en el que se recogiese también el Derecho civil tradicional coreano, en buena parte consuetudinario.
El gobierno japonés encargó en 1906 a Ume Kenjirō, insigne profesor de Derecho Civil de la Universidad Imperial de Tokio, considerado “uno de los padres” del Código Civil japonés, la elaboración de una Ley de Organización de los Tribunales de Justicia, que se publicó en diciembre de 1907, la cual estableció las bases del vigente sistema judicial de la República de Corea del Sur[12]. Ume Kenjirō recibió también el encargo de elaborar un proyecto de Código Civil coreano pero su fallecimiento en 1910, a los cincuenta años, y la anexión del país en ese año[13] como provincia japonesa truncaron los planes de redactar dicho código ya que las autoridades japonesas optaron por aplicar desde entonces el Código Civil japonés a Corea, si bien con el compromiso de respetar en gran parte su derecho consuetudinario.
El gobierno colonial japonés publicó en 1912 la llamada “Ordenación del Derecho Civil coreano” que se basaba sustancialmente en el Código Civil japonés, pero decretando al mismo tiempo que lo relativo a la capacidad jurídica (por ejemplo, de la mujer casada), matrimonio, familia y sucesiones quedaría fuera de dicho código y continuaría rigiéndose por el derecho consuetudinario coreano[14]. Ahora bien, como los tribunales de justicia estaban en esa época integrados por juristas japoneses a los que les correspondía la tarea de interpretar y aplicar en cada caso la costumbre coreana, se produjo un acercamiento entre las normas consuetudinarias y los principios y normas jurídicas del derecho civil japonés (a su vez, en buena medida, de base romanista-pandectista) y así, posteriormente, la reforma de 1921 de la “Ordenación del Derecho Civil de Corea” sacó la materia relativa a la capacidad jurídica del ámbito de la costumbre coreana para ser regulada directamente por el Código Civil japonés[15].
La profesora Seong-Hak-Kim[16] indica que, a lo largo de la época colonial, los jueces japoneses reconstruyeron el derecho civil consuetudinario coreano en un marco de derecho civil moderno: “legal modernization conferred on the notion of customary law a sort of historical legitimity”. Añade la Autora que dicho derecho consuetudinario, reelaborado en su interpretación y aplicación por los jueces japoneses, fue paulatinamente suplantado a lo largo del periodo colonial por las disposiciones del Código Civil japonés. Tras la marcha de los japoneses en 1945, las autoridades de ocupación norteamericanas no derogaron el derecho civil japonés en Corea sino, todo lo contrario, ordenaron que siguiese vigente la mayor parte de las leyes de la época colonial anterior y, aún más, el artículo 100 de la nueva Constitución de la República de Corea del Sur de 1948 estableció que dichas leyes siguiesen en vigor en tanto no entrasen en contradicción con la Constitución. En este sentido, vemos que el Código Civil japonés de 1898 siguió en vigor hasta que fue aprobado el vigente Código Civil surcoreano de 1958[17], el cual entró en vigor en 1960, y que, a su vez, estaba sustancialmente basado en el japonés que estuvo vigente en Corea desde 1910[18].
Ahora bien, el artículo 1 del Código Civil coreano, que establece la jerarquía de las fuentes del Derecho, reconoce también el Derecho consuetudinario e incluso establece su prevalencia sobre la ley siempre que sea ésta la voluntad de las partes y que la ley no contenga disposiciones de orden público y se estime por el juez que la costumbre es conforme a la moral y a la razón[19].
Por otro lado, en el marco del debate doctrinal actual entre juristas surcoreanos sobre el valor de la costumbre tradicional frente al Código Civil coreano, destaca Choe[20] la positiva influencia que principios y normas jurídicas procedentes del Derecho Romano han tenido sobre el actual Ordenamiento Jurídico de Corea del Sur. En este sentido, este Autor señala que el Derecho Romano se estudia actualmente como fundamento de la Ciencia Jurídica en las Facultades de Derecho de Corea del Sur y cómo “every Korean law student reads in their law books that the legal system itself comes from Roman law, refined by the generations of jurists through history and lucidly rephased, particularly by the German Pandectists” [21].
Así, por ejemplo, Choe señala que el artículo 2 del Código Civil proclama el principio jurídico de la confianza y la buena fe (bona fides) y que el artículo 103 del mismo incluye el principio de boni mores (buenas costumbres)[22]; también refiere la reforma que se llevó a cabo en 1977 de los artículos 1112 y siguientes del Código Civil coreano, por la que se introdujo la legítima o sucesión forzosa en favor de los parientes más cercanos del causante como límite a la libertad de testar[23], añadiendo este Autor que dicha reforma legislativa se corresponde en su espíritu y regulación legal con la figura de la quarta legis Falcidiae romana (C. J. 6,50; I. J. 2,22; D. 35,2)[24].
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Desde hace décadas se constata un auge del estudio de la cultura clásica grecorromana en Corea del Sur. En este sentido, Deogsu Kim[25], profesor de la Universidad Nacional de Seúl (SNU), refiere el papel que ha tenido la revista The Western History Review (Seoyangsaron) en el estudio de la Historia antigua y medieval de Occidente desde que comenzó a publicarse en 1958. Asimismo, señalamos la importancia que tiene la Sociedad Coreana de Estudios Clásicos (The Korean Society of Greco-Roman Studies), presidida actualmente por Deogsu Kim, fundada en 1986 y que desde 1989 es miembro de la Federación Internacional de Sociedades de Estudios Clásicos (FIEC), la cual tiene como principal objetivo el estudio de la cultura clásica griega y romana y edita la Revista de Estudios Grecorromanos (The Journal of Greco-Roman Studies). También en la Universidad Nacional de Seúl se encuentra el Instituto de Estudios Grecorromanos, presidido por el Profesor Jaewon Ahn, que fomenta la investigación de la filosofía, la historia, el derecho, la literatura y la religión de la Grecia y Roma clásicas.
Para terminar, señalamos que actualmente se lleva a cabo una importante labor de docencia e investigación del Derecho Romano en diversas universidades de Corea del Sur, y así podemos destacar que el Profesor Sanhgoo-Lee, miembro de la mencionada Sociedad Coreana de Estudios Clásicos, imparte la asignatura Derecho Romano en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Seúl (SNU)[26]. Asimismo, el Profesor Eulo Seo, Secretario General de la Sociedad Coreana de Historia del Derecho y miembro de la Sociedad Coreana de Estudios Clásicos, enseña Derecho Romano, Historia del Derecho y Derecho Civil coreano en la Facultad de Derecho de la Universidad Ewha en Seúl. También el Profesor Byoung-Ho Jung, que imparte Derecho Romano y Derecho Civil en la Facultad de Derecho de la Universidad de Seúl (UOS), ha traducido al coreano el manual “Römisches Recht” del Profesor alemán Okko Behrends; precisamente, en enero de 2025 se celebró un Symposium en la Facultad de Derecho de la Universidad de Göttingen, dirigido por Okko Behrends, al que fue invitada una delegación de romanistas de Corea del Sur encabezada por el Profesor Byoung- Ho Jung.
[1]SEONG-HAK-KIM, Marie, Introduction: Searching for the Spirit of Korean Law, The Spirit of Korean Law, Korean Legal History in Context (ed. SEONG-HAK-KIM), Leiden, 2026, p. 3: “The Chinese writing system and Confucian values formed the basic fabric of the East Asian world, in ways analogous to how Latin language and Christian beliefs shaped Europe”.
[2] SEONG-HAK-KIM, Marie, Introduction… cit., p. 5.
[3] Posteriormente, se sucedió el Código Qing, basado fundamentalmente en el anterior, con el advenimiento de esta dinastía que reinó en China de 1644 hasta 1912.
[4] CHOE, Byoung Jo, The Influence of Roman Law in Korea, Receptions of Greek and Roman Antiquity in East Asia (ed. Almut-Barbara Renger; Xin Fan), Leiden, 2019, p. 412. Asimismo, señala SEONG-HAK-KIM, Marie, Introduction… cit., p. 6, que “el sistema legal del Estado Chosŏn era un reflejo cercano de la ideología y preceptos del neoconfucianismo”.
[5] CHOE, Byoung Jo, The influence… cit., p. 412 señala en este sentido que “the principle of nullum crimen, nulla poena sine lege not fully accepted as a leading principle for the freedom of the people”. Véase también SEONG- HAK- KIM, Marie, Introduction… cit., p. 13 ss.; ID., Law and Legal Culture under the Chosŏn Dynasty, Law and Custom in Korea. Comparative Legal History, Cambridge, 2012, p. 41 ss.
[6]Unos años antes, en 1853, fondeó en la bahía de Tokio un buque de guerra estadounidense capitaneado por el comandante Matthew Perry demandando la apertura de Japón al comercio internacional. Posteriormente, también otras potencias occidentales presionaron para que Japón se abriera a los mercados internacionales y aceptase la extraterritorialidad de los ciudadanos occidentales residentes en dicho país para que éstos sólo pudiesen ser juzgados por sus respectivos consulados de los delitos y faltas cometidos en Japón; y así se estableció en los tratados comerciales firmados por Japón en 1858 con Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Rusia y Holanda. Véase, BLANCH NOUGUÉS, José María / QUINTANA ORIVE, Elena, El estudio del Derecho Romano en Japón, de la era Meiji a la actualidad (con ocasión de la LXXVII sesión de la SIHDA en Osaka, septiembre 2024), Revista General de Derecho Romano, 43, Madrid, 2024, pp. 1 ss.
[7] La victoria de Japón obligó a China a ceder a aquel país la soberanía de Taiwán y esta derrota propició a la postre la caída de la dinastía Qing y el advenimiento de la República en dicho país.
[8] SEONG-HAK-KIM, Marie, Introduction… cit., p.10. A raíz del Tratado de Ganghwa de 1876 entre Japón y Corea, y de otros Tratados con potencias occidentales, Corea inició una senda de modernización que culminó con la llamada Reforma Kabo (1894-1896) con importantes cambios políticos, sociales y judiciales (SEONG-HAK-KIM, Marie, Law and Legal Culture… cit., pp. 59-60, 63) con el objeto de que los principales Estados de Occidente dejasen de aplicar las normas de extraterritorialidad de sus nacionales en Corea (como sucedió en China y Japón), según las cuales éstos sólo podían ser juzgados por sus respectivos consulados y no por jueces coreanos. La exigencia impuesta por Occidente era la implantación en Corea de un sistema jurídico homologable al de los países de Europa o América. Sin embargo, constata SEONG-HAK-KIM, Marie, cit., p. 60, que el alcance real de estas medidas reformadoras fue muy limitado dado que, entre otras cosas, la idea de una justicia independiente del poder del rey era vista como un cambio demasiado radical en la sociedad coreana de aquel tiempo.
[9] CHOE, Byoung Jo, The Influence… cit., p. 418, que ha sido catedrático de Derecho Romano e Historia Jurídica Europea en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Seúl desde 1985, destaca como ya los juristas romanos distinguieron claramente entre Derecho Público (ius publicum) y Derecho Privado (ius privatum). Esta distinción entre la esfera jurídica de lo público y de lo privado no se dio en el Derecho chino. Y añade este Autor que: “Roman jurists were mainly interested in the field of private law (ius privatum). This means that they considered the private lives of Roman citizens as the most valuable part of the law. They acknowledged this privateness as a natural condicio humana, with the pursuit of private interest (utilitas privatorum) as the legitimate activity of a person who was taken to be the proper subject of a legal world (D. 1,1,1,2). Such an affirmation of privateness from the outset is a salient point, one which distinguishes Rome from China and Korea. In the Far Eastern world, privateness etymologically stood for egoistic appropriation of the goods of the outer world, which led to conflicts among the members of society and thus had a pejorative connotation”.
[10] SEONG-HAK-KIM, Marie, Introduction… cit., p. 9.
[11]BLANCH NOUGUÉS, José María / QUINTANA ORIVE, Elena, El estudio del derecho romano en Japón…. cit., pp. 1 ss., y bibliografía allí citada.
[12] SEONG-HAK-KIM, Marie, Customary Law and Colonial Jurisprudence in Korea, The American Journal of Comparative Law, 57,1, Oxford, 2009, p. 211. No obstante, dicha Autora, Law and Legal Culture… cit., p. 61 señala que ya en 1895, en el marco de la Reforma Kabo (vid. supra), se aprobó una Ley de Organización del Poder Judicial de corte moderno, siguiendo precisamente el modelo de la Ley de Organización del Poder Judicial japonesa de 1890, la cual fue elaborada siguiendo el proyecto del jurista y juez alemán Otto Rudorff (1845-1922) que llegó invitado a Japón para impartir clases de Derecho Romano y Derecho Público en la Universidad (Imperial) de Tokio y un año después fue nombrado asesor del Ministerio de Justicia japonés.
[13]El Tratado de Anexión se firmó el 22 de agosto de 1910 y Ume Kenjirō murió de tifus cuatro días después.
[14] SEONG-HAK-KIM, Marie, Customary Law… cit., pp. 211-212.
[15]SEONG-HAK-KIM, Marie, Customary Law… cit., p. 225: “When the Korean “custom” was sufficiently remolded by jurisprudence to approximate the Civil Code rules, such custom, no longer essential, could be subsumed into Japanese law. Thus the revision of the Civil Ordinance in 1921 removed matters of capacity form the control of Korea’s custom and placed them under the Japanese Civil Code. Eventually all the customary rules would become so similar as to be assimilated to the Japanese law”.
[16] SEONG-HAK-KIM, Marie, Customary Law… cit., p. 244.
[17] SEONG-HAK-KIM, Marie, Customary Law… cit., p. 237. El proceso de elaboración del Código Civil coreano se inició el 15 de septiembre de 1948, poco después del establecimiento de la República de Corea, pero este trabajo quedó interrumpido por el estallido de la guerra de Corea (1950-1953). Tras la firma del armisticio entre las dos Coreas se presentó en 1953 en Corea del Sur el primer borrador de Código Civil. Este borrador se basó principalmente en el B.G.B. alemán incorporando elementos del Código Civil francés y del Código Civil suizo. El Código Civil coreano fue finalmente promulgado el 22 de febrero de 1958.
[18] El Código Civil coreano sigue la estructura pandectista al dividir el Derecho Civil en cinco libros (Libro I: Parte General, Libro II: Derechos Reales, Libro III: Obligaciones y Contratos, Libro IV: Familia, Libro V: Sucesiones). HAMZA, G., L’influsso delle tradizioni del diritto romano e del diritto privato europeo- continentale sugli ordenamenti giuridici extraeuropei, Diritto@storia, 12, 2014, señala que el Código Civil coreano, en su redacción de 1960, resultó más próximo al BGB alemán que al Código Civil japonés.
[19]Sentencia de la Corte Suprema de Corea del Sur de 24 de julio de 2003; SEONG-HAK-KIM, Marie, Customary Law… cit., pp. 243-244.
[20] CHOE, Byoung Jo, The Influence … cit., pp. 423 ss.
[21] CHOE, Byoung Jo, The influence… cit., p. 424.
[22] CHOE, Byoung Jo, The influence… cit., p. 424.
[23] CHOE, Byoung Jo, The Influence… cit., p. 425.
[24] La quarta legis Falcidiae o cuota mínima hereditaria sigue vigente y se regula en el artículo 427-40 del Código Civil de Cataluña.
[25] KIM, Deogsu, Retrospective and Prospects of Ancient Western History Studies in Korea: Awaiting the Sixtieth Anniversary of the Korean Society of Western History, Receptions of Greek and Roman Antiquity in East Asia (ed. Almut -Barbara Renger; Xin Fan), Leiden, 2019, pp. 375 ss.; AHN, Jaewon, A Brief Report on Classical Scholarship in Korea, Focusing on Literature, Receptions of Greek and Roman Antiquity in East Asia (ed. Almut- Barbara Renger; Xin Fan), Leiden, 2019, pp. 397 ss. No obstante, subraya MÜLLER-LEE, Andreas, The Jesuit Mission to China and the Reception of Ancient Greek and Roman Culture in China and Korea, Receptions of Greek and Roman Antiquity in East Asia (ed. Almut -Barbara Renger; Xin Fan), Leiden, 2019. pp. 19 ss., que las misiones jesuíticas en el Lejano Oriente, además de su labor misionera, desarrollaron también una actividad de difusión de la literatura clásica grecolatina sobre todo en China.
[26]La página web de dicha Facultad da la bienvenida a los visitantes con la frase en latín FIAT IUSTITIA RUAT CAELUM (hágase justicia, aunque caiga el cielo), en el sentido de dar siempre a cada uno lo suyo.