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¿Cuántas veces hemos comprado por internet? ¿Cómo fue el último pago de una multa: en una entidad bancaria esperando a que nos atendieran o por la sede electrónica de la entidad? ¿Hemos deseado alguna vez no ir físicamente a un organismo público y poder resolverlo todo por vía electrónica? La realidad de la digitalización ya está presente en nuestro hacer diario. Los tribunales, aunque algo más tarde, también se han incorporado al uso definitivo de herramientas digitales. ¿Cómo? Posibilitando su uso para tres utilidades básicas. La primera, las comunicaciones electrónicas entre ciudadanos, profesionales y otros organismos con los tribunales. Ya no va a ser necesario el desplazamiento al juzgado para realizar actuaciones judiciales. El contacto podrá ser a través de plataformas digitales que el Ministerio de Justicia y las Comunicades Autónomas competentes pongan a disposición de aquellos que contactan con órganos judiciales. Incluso hay entidades que vienen obligadas a ello. La segunda utilidad tiene lugar mediante la celebración de videoconferencias y comparecencias virtuales en espacios creados a tal fin, evitando tener que acudir a la sede física del tribunal. La tercera utilidad supone dar un paso más en el desarrollo tecnológico del funcionamiento de la actividad jurisdiccional y aunque queda camino por recorrer, el potencial que representa exige un conocimiento detallado de las reglas del juego. Nos referimos a la implementación de actuaciones automatizadas y asistidas en Justicia. El uso de sistemas de inteligencia artificial como asistentes en las decisiones judiciales ya está aquí, por lo que requiere un estudio más detenido teniendo en cuenta todos los matices que pueden darse en la aplicación práctica de herramientas predictivas.

El profesional que pretende incorporarse al ámbito laboral en el entorno jurídico no puede obviar estas realidades, por lo que una formación especializada en este sector debe constituir el motor de su desempeño práctico. El Grado en Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid se ha preocupado por incorporar el estudio de estas materias en la nueva asignatura “Justicia Digital”. A través de esta enseñanza de podrá conocer en profundidad el novedoso marco tecnológico en que desempeñan su actividad los profesionales en materia de Justicia, incluyendo las medidas de investigación tecnológica empleadas por Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el proceso penal, implicadas en derechos fundamentales.

El impulso digital definitivo del R.D-Ley 6/2023.

Aunque desde 2011 ya se vienen implementando los medios tecnológicos en el ámbito de la Administración de Justicia, es el 2023 el momento en que se consolida definitivamente el uso de herramientas digitales en las actuaciones judiciales. La progresiva incorporación del Expediente Judicial Electrónico ha permitido que plataformas como LexNet, e-Justicia.cat, Avantius, Atenea, etc. sirvan de enlace entre profesionales y tribunales, de tal modo que el expediente judicial en papel ya es, en la mayoría de los casos, un recuerdo del pasado.

Además, la situación de pandemia vivida apenas unos años constituyó un hito en la celebración de comparecencias virtuales. La necesidad de evitar un colapso en los juzgados sirvió de motor en el desarrollo de canales para realizar vistas, juicios, o practicar medios de prueba de tipo personal. Esta experiencia forzosa demostró la posibilidad de implementar la inmediación virtual, mediante la que las partes, profesionales, jueces y terceros que deben comparecer en la sede judicial, puedan desplegar actos procesales a través de canales creados por las autoridades competentes. Los principales inconvenientes suscitados se superan en la nueva regulación, como es la necesidad de garantizar la identidad de los comparecientes, la preservación de la integridad del soporte, así como la superación de los inconvenientes derivados de posibles deficiencias técnicas. La práctica judicial ha cambiado notablemente la forma de actuar en la Administración de Justicia, lo que se traslada al aula mediante el diseño de contenidos específicos y especializados.

Referencia a los sistemas de inteligencia artificial y su uso judicial

Pero el hito que más está preocupando en la actualidad, y al cual no deben ser ajenos los profesionales en su formación, es el uso de sistemas de inteligencia artificial destinados al ámbito de los litigios. Afrontar nuevos retos exige una preparación sobre el marco europeo regulatorio de la IA (Reglamento de Inteligencia Artificial 2024/1689) que establece niveles de riesgo en los sistemas de IA. Al ser el ámbito de Justicia uno de los que se califican de alto riesgo, las garantías de su uso suponen un despliegue de medidas que garanticen el respeto de los derechos fundamentales. Todos nos preguntamos si es posible que los jueces sean reemplazados por jueces robot, pero a la vista de la normativa y las disposiciones que en todos los sectores se vienen dictando, comprobamos que, de llegar ese momento, aún quedarían muchas cuestiones por garantizar. En cualquier caso, existen ya algunos intentos, no sólo a nivel nacional, sino internacional, con los que se avanza en el uso de sistemas de IA por jueces y magistrados como mero asistente, nunca reemplazando.

Recientemente se ha emitido una Instrucción por el CGPJ (Instrucción 2/2026) en la que se distinguen sistemas de IA permitidos para la generación de borradores de resoluciones judiciales y sistemas no permitidos. Se busca encontrar herramientas autorizadas por las instituciones para evitar un uso descontrolado que genere exceso de errores judiciales y se diluya la identidad del autor de la decisión. Además, también se pretende identificar aquellos usos permitidos, para que los órganos judiciales conozcan de antemano qué búsquedas y qué información pueden utilizar a los fines asistenciales. Un uso tradicional a efectos de recopilación de información y estudio del caso podrá ser realizado sin que afecte a la tutela judicial. Ahora bien, la identificación de partes o extremos de una decisión judicial obtenida mediante el uso de sistemas de IA constituye el aspecto crucial en la incorporación de herramientas tecnológicas en la función jurisdiccional.

Pero los jueces no son los únicos afectados por la entrada de la IA, ya que los abogados tendrán que conocer cuáles son las aplicaciones que mejor se adaptan a su labor profesional. Del mismo modo, establecer criterios de uso acordes a las normas deontológicas favorece el respeto a las reglas de la buena fe procesal. Ello redunda en beneficio del derecho de defensa y de la tutela judicial efectiva y eficiente.

Además de todo lo anterior, existen multitud de conexiones relacionadas con una Justicia Digital que el futuro profesional debe conocer. Para ello, la formación universitaria refuerza aquellos aspectos en asignaturas como la que se propone desde el Grado en Derecho de la UAM.